El censo VIES y su relación con INTRASTAT - I
¿Qué es el Censo VIES?
El Registro de Operadores Intracomunitarios estará formado aquellas personas físicas o jurídicas y entidades que tengan asignado un NIF a efectos de IVA que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
- Aquellas que se dispongan a llevar a cabo entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes.
- Los sujetos pasivos del impuesto acogidos al régimen especial de agricultura, ganadería y pesca, los sujetos pasivos del impuesto que realicen operaciones que no originan derecho a deducción total o parcial de IVA, así como aquellas personas que no actúen como empresarios o profesionales, siempre y cuando en los tres casos se dispongan a realizar entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes.
- Los empresarios o profesionales que sean destinatarios de servicios prestados por empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto respecto de los cuales sean sujetos pasivos.
- Los empresarios o profesionales que presten servicios que conforme a las reglas de localización del impuesto se entienda realizados en el territorio de otro Estado miembro siempre y cuando el destinatario de los mismos sea un sujeto pasivo del IVA.
La obtención del NIF-IVA comunitario conlleva la inscripción en el Registro de Operadores Intracomunitarios, el cual forma parte del Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. El NIF-IVA comunitario se solicita a través de la declaración censal 036/037, marcando la casilla 582, solicitud de alta, consignando la fecha prevista para la primera operación intracomunitaria en la casilla 584. La asignación del NIF-IVA comunitario supone incorporarse al censo VIES. La Administración tributaria debe resolver la solicitud en un plazo de 3 meses, y en caso de que transcurra el plazo se entenderá denegada.
Normativa
- Resolución de 27 de enero de 2009, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para la elaboración de las estadísticas de intercambios de bienes entre Estados miembros (sistema Intrastat).
- Orden HAP/338/2013, de 26 de febrero, por la que se fijan umbrales relativos a las estadísticas de intercambios de bienes entre Estados miembros de la Unión Europea para el año 2013.
- Reglamento (CE) n.º 638/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre estadísticas comunitarias de intercambios de bienes entre Estados miembros.