Datos básicos necesarios para el Modelo 349

¿Qué Datos contiene el Modelo 349?

La declaración recapitulativa 349 debe contener la siguiente información reglamentaria:

  1. Los datos de identificación de los proveedores y adquirentes de los bienes y los prestadores y destinatarios de los servicios, así como la base imponible total relativa a las operaciones efectuadas con cada uno de ellos. La base imponible siempre se reflejará en euros, en caso que la operación se haya cerrado en moneda distinta deberá reflejarse igualmente en euros atendiendo al cambio de divisas en la fecha de devengo del impuesto.
  2. En los casos de transferencia por un sujeto pasivo de un bien corporal de su empresa con destino a otro Estado miembro, para afectarlo a las necesidades de aquélla en éste último, deberá consignarse el número de identificación asignado al sujeto pasivo en el otro Estado miembro.
  3. También debe consignarse el número de identificación asignado al sujeto pasivo en el otro Estado miembro, en caso de afectación a las actividades de un empresario o profesional desarrolladas en el territorio de aplicación del impuesto de un bien expedido o transportado por ese empresario, o por su cuenta, a otro Estado miembro en el que el referido bien haya sido producido, extraído, transformado, adquirido o importado por él mismo en el desarrollo de su actividad profesional o empresarial.
  4. En las entregas subsiguientes a las adquisiciones intracomunitarias de bienes, se deberán consignar separadamente las entregas subsiguientes, haciendo constar, en relación con ellas, los siguientes datos:
    • El NIF IVA que utilice el empresario o profesional para la realización de las citadas operaciones triangulares.
    • El NIF-IVA asignado por el Estado miembro de la llegada de la expedición o transporte, suministrado por el adquirente de la mencionada entregada subsiguiente.
    • El importe total de las entregas efectuadas por el sujeto pasivo en el Estado miembro de llegada de la expedición o transporte de bienes correspondiente a cada destinatario de las mismas.

La cumplimentación y la presentación de la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias está regulada en la Orden EHA/769/2010, de 18 de marzo, por la que se aprueba el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.


Normativa