Operaciones incluidas en el Modelo 347
¿Qué operaciones están incluidas en el Modelo 347?
Los obligados tributarios deberán relacionar en esta declaración anual todas aquellas personas o entidades, cualquiera que sea su naturaleza, con quienes hayan efectuado operaciones que en su conjunto para cada una de dichas personas o entidades hayan superado la cuantía de 3.005,06 euros durante el año natural correspondiente. Las adquisiciones y las entregas de bienes y servicios deberán constar por separado.
Asimismo, los obligados tributarios deberán relacionar en esta declaración a todas aquellas personas o entidades, cualquiera que sea su naturaleza, a quienes hayan efectuado adquisiciones de bienes o servicios al margen de cualquier actividad empresarial o profesional, que en su conjunto por cada una de las adquisiciones, hayan superado la cifra de 3.005,06 euros durante el año natural correspondiente. Excepciones:
- Las importaciones de mercancías.
- Las adquisiciones de bienes que supongan envíos entre el territorio peninsular español o las islas Baleares y las islas Canarias, Ceuta y Melilla.
- Las adquisiciones de efectos timbrados o estancados.
- Las adquisiciones realizadas por entidades de carácter social cuyas operaciones estén exentas a efectos de IVA.
Las Administraciones públicas relacionarán también las subvenciones que hayan sido ya satisfechas que hayan superado los 3.005,06 euros para cada una de ellas. Los obligados a presentar el modelo 347 deberán incluir en la declaración anual de operaciones con terceras personas aquellos pagos satisfechos a cada persona o entidad que se haya relacionado cuya cuantía imputada haya superado los 300,51 euros.
Normativa
- Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
- Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección
- Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido
- ORDEN EHA/3012/2008, de 20 de octubre, por la que se aprueba el modelo 347 de Declaración anual de operaciones con terceras personas