El I.V.A y el comercio intracomunitario. Prestaciones de servicios

Prestaciones de servicios. Resumen general

       

e) Prestaciones de servicios intracomunitarios.

A los efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, se entenderá por prestación de servicios toda operación sujeta al citado tributo que, de acuerdo con la Ley, no tenga la consideración de entrega, adquisición intracomunitaria o importación de bienes.

Si el destinatario del servicio es empresario o profesional, se entenderá prestado donde dicho empresario o profesional se encuentre establecido. Si la sede de actividad o establecimiento permanente de dicho empresario o profesional se encuentran en el territorio de aplicación del IVA, la prestación de servicios estará sujeta al IVA español.

En cambio si el destinatario es un consumidor final, sigue aplicándose la regla general antes existente, es decir, la localización en sede del prestador, por lo que si la sede de actividad o establecimiento permanente desde el que se lleve a cabo la operación se encuentra en el Territorio de Aplicación del Impuesto, la operación quedará sujeta al IVA español.

El siguiente cuadro sintetiza las reglas de localización de las prestaciones de servicios intracomunitarias.

Destinatario: empresario o profesional
REGLA GENERAL
Localización del prestador
Prestador
Establecido en TAI
Prestador establecido
en otro Estado Miembro
Establecido en TAI Sede prestador = Sede destinatario Sede destinatario
Establecido en otro Estado Miembro Sede destinatario No sujeta
Establecido fuera de la UE Sede destinatario No sujeta
Destinatario: NO empresario o profesional
REGLA GENERAL
Localización del prestador
Prestador
Establecido en TAI
Prestador establecido
en otro Estado Miembro
Establecido en TAI Sede prestador = Sede destinatario Sede prestador
Establecido en otro Estado Miembro, y Canarias,
Ceuta y Melilla
Sede prestador No sujeta
Establecido fuera de la UE, excepto Canarias,
Ceuta y Melilla
Sede prestador No Sujeta
Establecido fuera de la UE, excepto Canarias,
Ceuta y Melilla
Excepciones: Sede destinatario No Sujeta

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