Obligaciones en la factura de las operaciones intracomunitarias - II
Matices y aspectos en la factura de operaciones intracomunitarias
4. No hay obligación de expedir factura en determinadas prestaciones de servicios
No se exigirá la obligación a facturar en el caso de determinadas prestaciones de servicios financieros y de seguros, salvo cuando dichas operaciones se entiendan realizadas en el territorio de aplicación del Impuesto, o en otro Estado miembro de la Unión Europea, y estén sujetas y no exentas.
5. Llevanza de los Libros Registro
Las facturas por operaciones intracomunitarias deben reflejarse en los Libros Registro de expedición o de recepción
6. Cumplimentación del modelo 340
Las sujetos pasivos del IVA que estén inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA, deben cumplimentar la declaración 340, en la cual deben reflejar el conjunto de facturas expedidas, recibidas, las correspondientes a bienes de inversión, así como aquellas justificativas de determinadas operaciones intracomunitarias.
7. Documentación de las Operaciones Triangulares
Por lo que se refiere a las operaciones triangulares, el intermediario deberá incluir en ellas, además de todos los requisitos establecidos de manera general, los siguientes datos:
- Una mención expresa de que la factura documenta una operación triangular o en cadena.
- El número de identificación a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido con el que realizan las referidas adquisiciones intracomunitarias
- El número de identificación fiscal a efectos del impuesto suministrado por el destinatario de la entrega subsiguiente.
8. Devolución del IVA a empresas no establecidas por operaciones intracomunitarias
Las declaración para solicitar la devolución del IVA soportado por operaciones de adquisición o de importación realizadas en el territorio de la Unión Europea (modelo 360) efectuadas por empresarios o profesionales establecidos en el territorio español de aplicación del impuesto, debe constar en la misma la referencia y en su caso, el número de serie, de la factura justificativa de la operación.
De la misma manera, los empresarios o profesionales no establecidos en el territorio español de aplicación del Impuesto podrán solicitar la devolución de las cuotas de IVA soportadas por operaciones efectuadas en España (modelo 361), debiendo reflejar en la solicitud el número de referencia de la factura que justifique la operación.
Normativa
- Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
- Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido
- Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación
- Orden EHA/962/2007 por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, que mantiene su vigencia en cuanto no se oponga al Real Decreto 1619/2012 anterior