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¿Qué son los Incoterms?
Los Incoterms son reglas de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) que definen, en una compraventa, hasta dónde llegan las obligaciones del vendedor y desde dónde empiezan las del comprador. La versión vigente es Incoterms 2020, aplicable desde el 1 de enero de 2020.
No son una norma obligatoria: se aplican cuando las partes los incorporan al contrato, indicando la regla, el lugar y la versión (por ejemplo, «FCA Valencia, Incoterms 2020»).
Qué regulan
- La entrega: dónde y cuándo cumple el vendedor su obligación de entregar.
- El riesgo: en qué punto pasa del vendedor al comprador el riesgo de pérdida o daño.
- Los costes: quién paga el transporte, el seguro, la carga y descarga y los trámites.
- Los trámites aduaneros: quién despacha la exportación y la importación.
No regulan la transmisión de la propiedad, el precio ni la forma de pago, que dependen del contrato y de la ley aplicable.
Las 11 reglas
- Para cualquier modo de transporte: EXW, FCA, CPT, CIP, DAP, DPU y DDP.
- Solo para transporte marítimo y por vías navegables: FAS, FOB, CFR y CIF.
Con mercancía en contenedor conviene usar las reglas multimodales (FCA, CPT, CIP) en lugar de FOB, CFR o CIF, porque el contenedor se entrega en la terminal y no a bordo del buque.
Principales cambios de Incoterms 2020
- DAT pasa a llamarse DPU (entregada en lugar descargada) y puede usarse en cualquier lugar, no solo en una terminal.
- En CIP el seguro mínimo exigido pasa a ser de cobertura amplia (cláusulas A del Instituto). En CIF sigue siendo la cobertura mínima (cláusulas C).
- En FCA se puede pactar que el comprador instruya a su transportista para emitir al vendedor un conocimiento de embarque «a bordo».
- Se admite que el vendedor o el comprador usen sus propios medios de transporte en FCA, DAP, DPU y DDP.
- Se detalla quién asume los costes de seguridad del transporte.
Incoterms e INTRASTAT
En cada partida de la declaración se indica el Incoterm pactado. Ver la tabla de condiciones de entrega.
Normativa aplicable
- Reglas Incoterms® 2020 de la Cámara de Comercio Internacional (en vigor desde el 1 de enero de 2020).
- Resolución de 24 de enero de 2022, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la AEAT, que aprueba las instrucciones para formalizar la declaración Intrastat (BOE de 28 de enero de 2022).
Revisado en octubre de 2026 conforme a la normativa vigente.
