¿Quién es el responsable de presentar la declaración INTRASTAT?
El responsable es la unidad informante, definida en el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1197:
- En las exportaciones: el sujeto pasivo del IVA (o la persona jurídica no sujeto pasivo) que ha declarado la entrega intracomunitaria de los bienes. Si no existe, quien exporta la mercancía.
- En las importaciones: quien ha declarado la adquisición intracomunitaria de los bienes. Si no existe, quien importa la mercancía.
Para los movimientos de electricidad, la Orden HFP/1480/2021 atribuye la obligación al gestor de la red de transporte del sistema eléctrico español.
Presentación por un representante
La unidad informante puede presentar la declaración por sí misma o a través de un representante, que también puede rectificarla o anularla. Delegar la presentación no traslada la responsabilidad: sigue siendo de la unidad informante. Ver modalidades de presentación.
Normativa aplicable
- Reglamento (UE) 2019/2152 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, relativo a las estadísticas empresariales europeas.
- Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1197 de la Comisión, de 30 de julio de 2020, que establece especificaciones técnicas y disposiciones en virtud del Reglamento (UE) 2019/2152 (anexo V: comercio internacional de mercancías).
- Orden HFP/1480/2021, de 28 de diciembre, que aprueba el contenido y los plazos de presentación de la declaración Intrastat (en vigor desde el 1 de enero de 2022).
- Resolución de 24 de enero de 2022, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la AEAT, que aprueba las instrucciones para formalizar la declaración Intrastat (BOE de 28 de enero de 2022).
Revisado en octubre de 2026 conforme a la normativa vigente.
