¿Qué es el modelo 347?
El modelo 347 es la declaración anual de operaciones con terceras personas. En ella los empresarios y profesionales informan a la AEAT de los clientes y proveedores con los que, en conjunto, han superado 3.005,06 € en el año, IVA incluido. Las ventas y las compras se computan por separado.
La obligación deriva del artículo 93 de la Ley General Tributaria y la desarrollan los artículos 31 a 35 del RGAT. El modelo lo aprueba la Orden EHA/3012/2008.
Datos principales
- Plazo: el mes de febrero del año siguiente. Ver plazo.
- Presentación electrónica.
- Los importes se desglosan por trimestres.
- No lo presentan quienes llevan los libros a través del SII.
Relación con las operaciones intracomunitarias
Las entregas y adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios no se incluyen en el 347, porque ya se declaran en el modelo 349. Tampoco las importaciones y exportaciones.
Normativa aplicable
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
- Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria (RGAT).
- Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, que aprueba el modelo 347, con sus modificaciones posteriores.
Revisado en octubre de 2026 conforme a la normativa vigente.
