Tipos de declaración INTRASTAT
Con la normativa vigente hay dos tipos de declaración, que se presentan por cada flujo (exportación o importación) y mes:
| Tipo | Cuándo se presenta |
|---|---|
| Con operaciones | Cuando en el mes ha habido movimientos de mercancías en ese flujo. Puede haber varias declaraciones en el mismo mes, numeradas de forma correlativa. |
| Sin operaciones (cero) | Cuando la empresa está obligada en ese flujo pero no ha tenido movimientos en el mes. Tiene un formulario propio en la sede de la AEAT. |
Correcciones
Ya no se presentan declaraciones «rectificativas» o «anulativas» independientes como en el sistema anterior. Las correcciones se hacen sobre la declaración original en la aplicación de consulta, modificación y anulación de la AEAT:
- Se pueden modificar o anular partidas concretas, añadir partidas o anular la declaración entera.
- El NIF, el flujo y el periodo no se pueden cambiar: si alguno está mal, se anula la declaración y se presenta otra.
- El plazo para corregir llega hasta el 30 de junio del año siguiente al periodo de referencia.
Normativa aplicable
- Orden HFP/1480/2021, de 28 de diciembre, que aprueba el contenido y los plazos de presentación de la declaración Intrastat (en vigor desde el 1 de enero de 2022).
- Resolución de 24 de enero de 2022, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la AEAT, que aprueba las instrucciones para formalizar la declaración Intrastat (BOE de 28 de enero de 2022).
Revisado en octubre de 2026 conforme a la normativa vigente.
